BASES LEGALES
Conforme artículo 34 de resolución 00085 – abril 2022 la factura electrónica de venta que se expide en una operación a crédito o que se otorgue un plazo para el pago de la misma, se constituirá en soporte de costos, deducciones e impuestos descontables cuando el adquirente confirme el recibido de la factura y de los bienes o servicios adquiridos, mediante mensaje electrónico remitido al emisor, atendiendo las condiciones, mecanismos, requisitos técnicos y tecnológicos establecidos en el Anexo Técnico 1.8 de Factura Electrónica, resolución 000012 febrero 2022. Recuerde que tiene un plazo de implementación 08-07-2022.
Para conocer un poco más a profundidad sobre el tema de recepción de documentos electrónicos, hemos preparado la siguiente presentación, acceda a ella haciendo clic aquí: presentación recepción de documentos electrónicos
¡ I M P O R T A N T E !
Usted cuenta con el servicio de recepción únicamente si tiene con nosotros Documénteme y sin costos adicionales, le activaremos el servicio de generación de eventos DIAN y además le contáremos todo lo que deberás conocer para usarlo y cumplir con la norma.
LO QUE DEBES SABER SOBRE RECEPCIÓN CON EVENTOS
- Contar con un certificado de firma propio
- Configurar en Documénteme o en su servicio de facturación electrónica, el servidor de correo de recepción.
- Asignar permisos y certificado de firma a los usuarios de recepción.
- Listos los puntos anteriores, prepárese para recibir y generar eventos.
- Consulte los documentos asociados a cada factura que recibe en la plataforma.
- Tenga documentos disponibles en su bolsa de transacciones, cada evento en recepción es un documento electrónico que se descuenta de la bolsa de transacciones.
Para tener consultar a profundidad esta resolución puede consultarla directamente haciendo clic aquí
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